¿Se quedará Colombia sin Código Disciplinario?

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Nuestro país se podría quedar por año y medio sin código. Partido de La U lo advierte.

“Hay un vacío en el nuevo Código Disciplinario, porque ahí dice que el que está vigente cesará el próximo 29 de mayo y que el nuevo entraría en vigencia dentro de un año y medio”, dijo el senador Armando Benedetti.

El senador Armando Benedetti manifestó que en el nuevo código quedó estipulado que el mismo, entrará en vigor 18 meses después de la cesación del anterior, lo que significa que durante año y medio la Procuraduría se quedaría sin normas para sancionar o investigar a los funcionarios.
“Esto quiere decir que ese año y medio vamos a quedar en un vacío, debido a que el artículo 265 de la ley 1952 del 2019, no quedó bien redactado”, añadió.

“Artículo 265. Vigencia y derogatoria. La presente ley entrará a regir cuatro (4) meses después de su sanción y publicación y deroga las siguientes disposiciones: Ley 734 de 2002 y los artículos 3°, 41, 42, 43,44,45,46,47,48, 49,50, 51, 2,53,54,55,56, 57,58,59,60 Y 132 de la Ley 1474 de 2011 y los numerales 21, 22, 23 Y 24 del artículo 70 del Decreto-ley 262 de 2000. Los regímenes especiales en materia disciplinaria conservarán su vigencia. Los artículos 33,101,102,208,209,210,211,212,213,214,215,216,217, 218, 219, 230, 221,222, 223, 224, 225,226,227,228,229,230,231,232,233, 234, 235 Y 254, relativos al procedimiento reflejado en este código, entrarán en vigencia dieciocho (18) meses después de su promulgación”.

Benedetti dijo que “durante ese año y medio, si la Procuraduría no toma algunos correctivos, cualquier sanción que se le ponga en la justicia disciplinaria a cualquier funcionario, va a quedar en el aire porque no existiría el Código”.

LEA LA LEY 1952 DE 20191952 DE 2019

 

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