La burla perpetua al personal de salud

El personal médico es el más maltratado por las cooperativas.

Opinión
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Muchos trabajadores desconocen que cuentan con un término de tres años para hacer efectivo el derecho desde la terminación del contrato...

A mediados del inicio de la pandemia, revelé la lamentable situación en que se encontraban aquellas personas dedicadas al sector salud, quienes venían sacrificando sus vidas y la de sus familiares debido a el alto riesgo de exponerse por la pandemia, y por si fuera poco muchos sufrieron la discriminación social y hasta las injustificadas sanciones administrativas de las cuales fueron víctimas infundadamente.

Pero lo que más me indigna, es que este grupo social tan importante para el cuidado de la integridad y a la vida humana, sigue siendo objeto de burlas de manera vulgar e injustificada por aquellas cooperativas y sus beneficiarios, las empresas prestadoras de servicios de salud que siguen contratándolos con contratos “amañados”, simulados y sin el reconocimiento de los derechos económicos sociales básicos, ciertos e irrenunciables. 

La buena nueva es que la Corte Constitucional la semana pasada dio a conocer la sentencia T-388/20 (M.P.Diana Fajardo Rivera) en la cual el cuerpo colegiado regañó a entidades públicas por evadir el pago de prestaciones sociales a estos trabajadores...

A pesar de que intentaron coaccionarlos mediante decreto para obligarlos a prestar los servicios de manera forzosa y sin los elementos de bioseguridad al inicio de la hecatombe, la mayoría de este gremio ha demostrado con ímpetu y compromiso que tienen con los usuarios del sector salud y amor por la vida de los beneficiarios de este sistema. Al a parecer un total de 1.200.00 colombianos, divididos en los 32 departamentos del territorio nacional, se han y/o nos hemos contagiado; respecto a muertes y recuperaciones, según informe de MinSalud arrojó a la fecha, que esta pandemia del COVID-19 lleva 33.829 muertos y 1.097.576 pacientes que superaron la enfermedad, en la mayoría de los casos gracias al sacrificio de días, noches y festivos de estos hacendosos seres humanos.

La buena nueva es que la Corte Constitucional la semana pasada dio a conocer la sentencia T-388/20 (M.P.Diana Fajardo Rivera) en la cual el cuerpo colegiado regañó a entidades públicas por evadir el pago de prestaciones sociales a estos trabajadores, que hacen un trabajo fundamental. Quienes siguen siendo víctimas de los denominadas contratos de agremiación sindical, que desdibujaron la figura del artículo 482 del CST (código sustantivo del trabajo) violando directamente el articulo 53 de nuestra C.P.  afectando la dignidad, los derechos laborales y económicos. Para estos ‘contratos enmascarados’ de los auxiliares de enfermería, enfermeros y médicos, que son el 70% de los trabajadores de la salud, la Corte señaló que no se les puede emplear bajo la modalidad de prestación de servicios, pues en realidad tienen que ser contratos formales, ya que cumplen horario, la prestación del servicio es personal y están subordinados. Además, es un servicio público que requiere de personal con permanente vocación, pues no se pueden quitar ni poner trabajadores de manera intermitente ya que esto podrían afectar el servicio y derechos fundamentales de los usuarios. Lo peor es que se están despidiendo a personas con estabilidad laboral reforzada, como personas con enfermedades, padres o madres cabeza de hogar y pre pensionadas.

Finalmente, muchos trabajadores desconocen que cuentan con un término de tres años para hacer efectivo el derecho desde la terminación del contrato so pena de la prescripción, paradójicamente la burla a estos héroes parece perpetua, aunque su derecho si es perentorio. ( Contacte al autor: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. )

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